Legislación › Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia.
Artículo 35. Limitaciones derivadas de la declaración de espacio natural protegido.
Artículo 35. Limitaciones derivadas de la declaración de espacio natural protegido.
1. Las limitaciones al uso de los bienes y derechos derivadas de la declaración de espacio incluido en la Red gallega de espacios protegidos o de sus instrumentos de planificación previstos en la presente ley podrán dar lugar a ayudas, subvenciones u otras medidas compensatorias.
2. Las limitaciones referidas en el apartado anterior serán indemnizables cuando así proceda conforme a lo dispuesto en la legislación de expropiación forzosa, en la legislación en materia de responsabilidad patrimonial o en otra normativa de aplicación.


