Legislación › Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia.
Artículo 65. Procedimiento de aprobación.
Artículo 65. Procedimiento de aprobación.
La tramitación y aprobación de las normas de gestión y conservación corresponde a la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural, y se realizará simultáneamente con la declaración del espacio natural protegido correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 40 y 41.


