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Legislación › Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia.

Artículo 65. Procedimiento de aprobación.

Artículo 65. Procedimiento de aprobación.

La tramitación y aprobación de las normas de gestión y conservación corresponde a la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural, y se realizará simultáneamente con la declaración del espacio natural protegido correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 40 y 41.

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