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Legislación › Orden SCB/94/2019, de 4 de febrero, por la que se desarrolla la composición y régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales.

Artículo 6. Del Presidente y Vicepresidente.

Artículo 6. Del Presidente y Vicepresidente.

1. Corresponde al Presidente del Consejo Asesor:

a) La representación general del Consejo Asesor en su ámbito de competencias.

b) La distribución y asignación de asuntos al Pleno y a las distintas Secciones.

c) Acordar la convocatoria de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Asesor, en Pleno o en Secciones.

d) La Presidencia del Pleno y de la Sección de Sanidad.

e) La continuidad del Consejo Asesor en los períodos entre sus reuniones.

f) La designación del suplente del Vicepresidente entre los miembros del Consejo Asesor y de las personas titulares de las Secretarías, en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.

2. Corresponde al Vicepresidente del Consejo Asesor:

a) La Presidencia de la Sección de Servicios Sociales.

b) La sustitución del Presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

c) Las demás funciones que le atribuya el Presidente.

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