Legislación › Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura.
Artículo 39. Plan de formación anual para la actividad voluntaria.
Artículo 39. Plan de formación anual para la actividad voluntaria.
1. Se reconoce la educación no formal y los aprendizajes informales como posibles vías de adquisición de competencias en el voluntariado, como fórmula de adquirir conocimientos, habilidades y prácticas que mejoren la actividad voluntaria, dotándola de mejoras en indicadores de calidad, eficacia y eficiencia.
2. Para ello, la Junta de Extremadura, en el ámbito de sus competencias, por medio de sus planes de formación y de las actividades de formación y conocimiento del voluntariado que desarrollen, establecerá, de forma específica y con periodicidad anual, un catálogo de programa formativo básico de educación no formal en coordinación con lo acordado entre esta administración y el Consejo Extremeño de Voluntariado, e irá dirigido a las entidades y personas que desarrollen sus programas o actividades voluntarias.


