Legislación › Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.
Disposición adicional única. Comunicación de las redes de comunicaciones electrónicas en régimen de autoprestación de las Administraciones Públicas.
Disposición adicional única. Comunicación de las redes de comunicaciones electrónicas en régimen de autoprestación de las Administraciones Públicas.
Las Administraciones Públicas deberán comunicar al Ministerio de Economía y Empresa en el plazo de un mes de la entrada en vigor de este real decreto-ley las redes de comunicaciones electrónicas en régimen de autoprestación que hagan uso del dominio público a las que se refiere el artículo 6.3 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones que hayan sido instaladas o estén en proceso de instalación o explotación.


