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Circular 3/2019, de 20 de noviembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen las metodologías que regulan el funcionamiento del mercado mayorista de electricidad y la gestión de la operación del sistema.

En vigor Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia · Publicada el 2 de diciembre de 2019 · Último cambio el 2 de diciembre de 2019 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto de la circular.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. Artículo 4. Coordinación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia con otros organismos.
  7. Artículo 5. Funciones del Operador del Mercado y del Operador del Sistema.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Asignación de la capacidad en las interconexiones en el largo plazo.
  10. Artículo 7. Mecanismo de subastas explícitas de asignación de la capacidad en el largo plazo.
  11. CAPÍTULO III
  12. Artículo 8. Contratos bilaterales físicos.
  13. CAPÍTULO IV
  14. Artículo 9. Mercado diario y acoplamiento de mercados para la utilización de la capacidad entre España y Francia y entre España y Portugal.
  15. Artículo 10. Acoplamiento del mercado diario europeo.
  16. CAPÍTULO V
  17. Artículo 11. Mercado intradiario.
  18. Artículo 12. Acoplamiento del mercado intradiario continuo europeo.
  19. Artículo 13. Acoplamiento de mercados en el ámbito intradiario a través de subastas regionales complementarias.
  20. CAPÍTULO VI
  21. Artículo 14. Gestión de las interconexiones con terceros países.
  22. Artículo 15. Gestión de la interconexión España-Marruecos en el horizonte diario.
  23. Artículo 16. Gestión de la interconexión España-Marruecos en el horizonte intradiario.
  24. Artículo 17. Gestión de la interconexión España-Andorra.
  25. Artículo 18. Liquidación de los procesos de gestión de congestiones en las interconexiones internacionales no intracomunitarias.
  26. CAPÍTULO VII
  27. Artículo 19. Mercados de balance y resolución de restricciones técnicas.
  28. Artículo 20. Firmeza y seguridad de los intercambios internacionales.
  29. CAPÍTULO VIII
  30. Artículo 21. Gestión de la operación del sistema.
  31. CAPÍTULO IX
  32. Artículo 22. Emergencia y reposición del servicio.
  33. CAPÍTULO X
  34. Artículo 23. Procedimiento de aprobación.
  35. Artículo 24. Proyectos de demostración regulatorios.
  36. Disposición transitoria primera. Acciones coordinadas de balance.
  37. Disposición transitoria segunda. Plataforma europea para el intercambio de la energía de balance procedente de reservas de sustitución (Balit).
  38. Disposición transitoria tercera. Aplicación transitoria de las Reglas de Funcionamiento del Mercado y los Procedimientos de Operación.
  39. Disposición derogatoria única.
  40. Disposición final única. Entrada en vigor.
  41. [firma]