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Legislación › Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura.

Artículo 14. Acreditación del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones y deudas pendientes.

Artículo 14. Acreditación del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones y deudas pendientes.

La presentación de la propuesta para concurrir en un procedimiento de contratación con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura conllevará la autorización al centro gestor para recabar los correspondientes certificados a los efectos de la acreditación del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Extremadura, contemplada en la legislación estatal de contratos del sector público, salvo manifestación expresa en contrario de la interesada o interesado, a cuyo efecto se consignará en los pliegos lo innecesario de que la empresa propuesta como adjudicataria los aporte.

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