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Legislación › Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura.

Artículo 22. Procedimientos de contratación centralizada.

Artículo 22. Procedimientos de contratación centralizada.

Con el objetivo de racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos, la consejería competente en materia de hacienda podrá declarar de contratación centralizada los suministros, obras y servicios que se contraten de forma general, tengan características especialmente homogéneas y sean de utilización o ejecución común para el conjunto de la Junta de Extremadura y su sector público autonómico que tengan la consideración de poder adjudicador, de conformidad con lo previsto en la legislación básica de contratos del Estado.

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