Legislación › Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura.
Artículo 29. Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo.
Artículo 29. Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo.
Cuando el adjudicatario esté obligado a subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación complementaria, la información sobre las condiciones de los contratos laborales que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, a los efectos del cumplimiento por el adjudicatario de la normativa laboral que resulte aplicable.
Con esta finalidad, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación en el plazo máximo de diez días desde el requerimiento de este. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la imposición de la penalidad que se establezca en el pliego de cláusulas administrativas particulares.


