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Circular 6/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.
Derogada o sin vigencia Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia · Publicada el 19 de diciembre de 2019 · Último cambio el 30 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Criterios generales de retribución de la actividad de distribución.
- Artículo 4. Periodos regulatorios.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Retribución anual.
- Artículo 6. Retribución a la inversión de las instalaciones con puesta en servicio anterior al 1 de enero de 2015.
- Artículo 7. Retribución a la inversión en instalaciones con puesta en servicio posterior al 31 de diciembre de 2014 y anterior al 1 de enero de 2018.
- Artículo 8. Retribución a la inversión en instalaciones cuya puesta en servicio ha sido posterior al 31 de diciembre de 2017.
- Artículo 9. Tipologías de inversión en instalaciones de distribución cuya puesta en servicio sea posterior al 31 de diciembre de 2018.
- Artículo 10. Ajuste de los valores reales de inversión al final de cada semiperiodo para las instalaciones puestas en servicio con posterioridad al 31 de diciembre de 2018.
- Artículo 11. Retribución de despachos de maniobra cuya puesta en servicio ha sido posterior al 31 de diciembre de 2014.
- Artículo 12. Retribución de terrenos en los que se ubican instalaciones con puesta en servicio posterior al 31 de diciembre de 2014.
- Artículo 13. Componente gestionable de la retribución de la actividad de distribución.
- Artículo 14. Baja de instalaciones.
- Artículo 15. Retribución por extensión de vida útil de las instalaciones de la red de distribución.
- Artículo 16. Reconocimiento de inversiones en proyectos piloto.
- Artículo 17. Herramientas regulatorias para el cálculo de la retribución.
- Artículo 18. Cálculo del término de retribución por otras tareas reguladas desarrolladas por las empresas distribuidoras.
- CAPÍTULO III
- Artículo 19. Supervisión del cumplimiento de los planes de la inversión.
- Artículo 20. Evaluación de la ejecución de los planes de inversión.
- Artículo 21. Contenido y formato detallado para el seguimiento de los planes de inversión.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 22. Obligaciones de información y auditoría.
- Artículo 23. Inspecciones.
- CAPÍTULO V
- Artículo 24. Incentivo a la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 25. Incentivo a la mejora de calidad de suministro en la red de distribución.
- Artículo 26. Incentivo a la mejora de la calidad de suministro en las redes de distribución en relación con TIEPI.
- Artículo 27. Incentivo a la mejora de la calidad de suministro en las redes de distribución en relación con NIEPI.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 28. Ajuste retributivo por empleo de activos y recursos regulados en otras actividades.
- Artículo 29. Prudencia financiera requerida a los titulares de activos de red de distribución.
- Disposición adicional primera. Periodo regulatorio de aplicación.
- Disposición adicional segunda. Cálculo de la retribución a la inversión de las instalaciones puestas en servicio en el año 2018.
- Disposición adicional tercera. Cálculo de la retribución a la inversión de las instalaciones tipo 2 puestas en servicio en el año 2019.
- Disposición adicional cuarta. Tasa de retribución financiera TRFp.
- Disposición adicional quinta. Ajuste de los valores reales de inversión al final del semiperiodo, año 2022, para las instalaciones puestas en servicio con posterioridad al 31 de diciembre de 2018.
- Disposición adicional sexta. Cálculo del término COMGES para los años 2020 y 2021 del periodo 2020-2025.
- Disposición adicional séptima. Cálculo del término ROTD para el periodo 2020-2025.
- Disposición adicional octava. Cálculo del incentivo a la reducción de pérdidas a considerar para el periodo 2020-2025.
- Disposición adicional novena. Cálculo del incentivo a la mejora de la calidad de suministro en las redes para el periodo 2020-2025.
- Disposición adicional décima. Aplicación gradual de la penalización para procurar la prudencia financiera.
- Disposición transitoria única. Cuantificación del ajuste retributivo derivado del empleo de activos en actividades diferentes a la distribución.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO


