Legislación › Orden APA/126/2019, de 1 de febrero, por la que se aprueban los criterios de buceo recreativo responsable en reservas marinas.
Disposición final segunda. Desarrollo y aplicación.
Disposición final segunda. Desarrollo y aplicación.
Se faculta a la Secretaría General de Pesca, en el ámbito de sus competencias, para adoptar las medidas y dictar cuantas resoluciones sean precisas para el cumplimiento y aplicación de la presente orden ministerial.
Se habilita a la Secretaría General de Pesca para modificar el contenido del apartado 4.1 d) de los criterios que esta orden aprueba.
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