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Legislación › Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia.

Artículo 44. Contenidos educativos.

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Artículo 44. Contenidos educativos.
1. Las enseñanzas y la formación que se ofrezcan a la infancia y la adolescencia fomentarán el ejercicio pleno de su ciudadanía, el conocimiento y difusión de los derechos y deberes, el respeto a los derechos humanos y a los valores democráticos y el desarrollo de una cultura participativa, inclusiva y participativa abierta a al respeto de la diversidad.
singularidad de cada persona. Los programas serán coeducativos y promoverán la igualdad de oportunidades entre hombres y de género; mujeres, el respeto y tolerancia, de modo que con ellos se favorezca la prevención de actitudes y situaciones violentas; violentas y el respeto a las diversas formas de relación afectivo-sexual; y la educación intercultural. singularidad de cada persona.
2. La formación integral de niñas, niños y adolescentes los menores en los centros de enseñanza contemplará la educación social y social, emocional y sexoafectiva. afectivo-sexual con el objetivo de fomentar el respeto entre los alumnos.
3. Los contenidos curriculares y la metodología docente se adaptará a la discapacidad y diversidad del alumnado y las necesidades educativas especiales del mismo que requieran de apoyo, así como a los recursos materiales y humanos disponibles.
4. La conselleria con competencias en materia de educación velará por la calidad y la adecuación a la legalidad de los contenidos que se impartan.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de agosto de 2026 En vigor BOE-A-2026-19331 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 2018 Texto original Leer

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