Legislación › Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia.
Artículo 78. Alojamiento de niños, niñas o adolescentes en establecimientos públicos.
Artículo 78. Alojamiento de niños, niñas o adolescentes en establecimientos públicos.
Las personas menores de dieciséis años deberán de estar acompañadas de sus representantes legales, o autorizadas por éstos, para alojarse en establecimientos públicos. Cuando no se cumpla esta condición, el responsable del establecimiento informará a los representantes legales o a las fuerzas y cuerpos de seguridad.


