Legislación › Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias.
Artículo 22. Actividades deportivas con riesgo intrínseco.
Artículo 22. Actividades deportivas con riesgo intrínseco.
Reglamentariamente se determinarán las modalidades en las que, por razón del riesgo o del tipo de espacios en el que se desarrollan, requieren una concreta habilitación, acreditación o cualificación para su práctica, independientemente de que se realice dentro o fuera del deporte federado.


