Legislación › Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias.
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias», a excepción de las secciones 3.ª y 4.ª, del capítulo II del título VI, que entrarán en vigor al año de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».


