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Instrucción 3/2019, de 4 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre consecuencias de la simultaneidad en la celebración de las elecciones generales de 28 de abril de 2019 y de las elecciones locales, autonómicas y europeas de 26 de mayo de 2019, en lo que se refiere a la regulación de la campaña electoral.
En vigor Junta Electoral Central · Publicada el 6 de marzo de 2019 · Último cambio el 6 de marzo de 2019 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Primero. Objeto.
- Segundo. Campañas institucionales e inauguraciones por los poderes públicos (artículo 50.1, 2 y 3 de la LOREG).
- Tercero. Periodo de prohibición de actos de campaña o de propaganda electoral por las formaciones políticas (artículo 53 de la LOREG).
- Cuarto. La prohibición de publicación, difusión o reproducción de encuestas electorales (artículo 69.7 de la LOREG).
- Firma


