Legislación › Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en la Comunidad Foral de Navarra.
Artículo 14. Inicio del procedimiento.
Artículo 14. Inicio del procedimiento.
Los procedimientos de reconocimiento y expedición del título de familia monoparental se iniciarán a solicitud de cualquier persona con capacidad legal integrante de la unidad familiar.


