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Legislación › Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 14. Inicio del procedimiento.

Artículo 14. Inicio del procedimiento.

Los procedimientos de reconocimiento y expedición del título de familia monoparental se iniciarán a solicitud de cualquier persona con capacidad legal integrante de la unidad familiar.

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