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Legislación › Ley 1/2019, de 14 de febrero, de creación del Consejo de la Juventud de Cantabria.

Disposición adicional primera. Aplicación de la Ley de Cantabria 1/2018, de Transparencia de la Actividad Pública.

Disposición adicional primera. Aplicación de la Ley de Cantabria 1/2018, de Transparencia de la Actividad Pública.

A los efectos del artículo 4.1.e) de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública, el Consejo de la Juventud de Cantabria se considerará «entidad asimilable», siendo sujeto obligado, y resultándole aplicable la Ley, en relación con sus actividades sujetas al Derecho administrativo.

Se añade por el art. 20.23 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre. BOE-A-2023-3297

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