Legislación › Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, por la que se regula el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
ANEXO 2
ANEXO 2
Propuesta de alta o modificación de especialidad formativa
a) Origen y proponentes.
Origen:
– SEPE.
– CC.AA.
Proponentes:
– Unidades del SEPE y de su ámbito de gestión.
– Unidades de las CC.AA. y de su ámbito de gestión.
– Centros de Referencia Nacional (CRN).
– Estructuras Paritarias sectoriales y demás agentes del artículo 10.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre a través de FUNDAE.
Otros proponentes:
– Otras Administraciones.
– Centros y entidades de formación.
– Empresas.
– Otros.
Fecha de la propuesta.
b) Justificación de la propuesta.
– Necesidades territoriales.
– Necesidades sectoriales.
– Necesidades transversales.
– Necesidades detectadas por los Servicios Públicos de Empleo.
– Necesidades específicas de personas con especiales dificultades de inserción laboral:
• Jóvenes.
• Mujeres.
• Parados de larga duración.
• Mayores de 45 años.
• Personas con discapacidad.
• Personas en riesgo de exclusión social.
• Inmigrantes.
• Otros.
• Compromiso de contratación.
• Perfeccionamiento técnico de formadores y tutores-formadores.
• Otras observaciones.
c) Identificación de la especialidad:
– Código (asignado por el Servicio Público de Empleo Estatal).
– Denominación.
– Nivel de cualificación profesional:
• Nivel 1.
• Nivel 2.
• Nivel 3.
• Nivel 4.
• Nivel 5.
– Tipo de formación:
• Formal.
• No formal.
– Competencias a las que se dirige:
• Competencias profesionales técnicas/específicas:
o Familia profesional.
o Área profesional.
En certificados de profesionalidad:
o Cualificación profesional de referencia (código y denominación).
o Perfil profesional de certificado.
– Competencias transversales:
• Clave (para acceso a la formación vinculada a certificados de profesionalidad).
• Digitales/ Ofimática/ TICs.
• Idiomas/ Lingüísticas.
• Habilidades personales y sociales.
• Habilidades organizacionales/metodológicas.
• Prevención riesgos laborales.
• Orientación.
• Emprendimiento.
• Medioambiente.
• Promoción de la igualdad.
• Otros.
– Entorno Profesional:
• Ámbito profesional.
• Sectores productivos.
• Ocupaciones y puestos de trabajo relacionados (Código y literal de la Clasificación de Ocupaciones del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo).
• Requisitos necesarios para el ejercicio profesional.
d) Especificaciones Técnico-Pedagógicas.
Especialidad vinculada a certificados de profesionalidad:
– Instrumentos jurídicos que regulan el certificado (reales decretos, órdenes ministeriales correspondientes).
– Competencia general.
– Modalidades de impartición:
• Presencial.
• Teleformación.
– Duración de la formación asociada.
– Módulos y Unidades formativas:
• Código, denominación, nivel de cualificación, transversalidad (sí/no), duración, capacidades, criterios de evaluación y contenidos de cada módulo formativo.
• Código, denominación, transversalidad (sí/no), duración, capacidades, criterios de evaluación y contenidos de cada unidad formativa.
• Código, denominación, duración, capacidades, criterios de evaluación y contenidos del Módulo de Formación Práctica en Centros de trabajo (MFPCT).
– Requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamiento:
• Espacios e instalaciones y sus dimensiones según número de participantes.
• Identificación de espacios e instalaciones de cada módulo formativo.
• Equipamiento (todo el certificado).
– Requisitos de acceso del alumnado a la formación.
– Prescripciones de los formadores y tutores.
– Especificaciones del certificado de profesionalidad en modalidad de teleformación (según la ficha de especificaciones del correspondiente certificado).
– Vinculación con capacitaciones profesionales
Especialidad no vinculada a certificados de profesionalidad.
– Objetivo general.
– Modalidades de impartición:
• Presencial.
• Teleformación.
• Mixta.
– Duración total de la formación: (Horas).
En el caso de modalidad presencial:
o Duración total: (Horas).
En el caso de modalidad de teleformación (como mínimo 80 % on line):
o Duración de las tutorías presenciales: (Horas).
En el caso de modalidad mixta (menos del 80 % on line):
o Duración de la formación presencial: (Horas).
– Módulos de formación (para cada módulo):
• N.º de orden del módulo en el Programa formativo.
• Código y denominación.
• Objetivo.
• Duración.
(Desglose de la duración del módulo según la modalidad de impartición).
• Resultados de aprendizaje: conocimientos (contenidos), destrezas cognitivas y prácticas, y habilidades de gestión, personales y sociales.
Identificación de los resultados que obligatoriamente tienen que adquirirse en presencial (solo para teleformación o modalidad mixta).
• Evaluación del aprendizaje.
– Número máximo de participantes.
– Requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamientos:
• Espacios formativos.
(Identificación de los espacios que corresponden a cada módulo).
• Equipamientos para cada espacio formativo.
En el caso de teleformación o modalidad mixta:
• Plataforma de teleformación.
• Material virtual de aprendizaje.
En el caso de aula virtual: Tecnología y equipos necesarios.
– Requisitos de acceso del alumnado:
• Acreditación requerida (titulaciones o certificaciones, académicas y/o laborales).
• Experiencia profesional (años y/o nivel profesional).
• Otros.
– Prescripciones de los formadores y tutores:
• Acreditación requerida.
• Experiencia profesional mínima requerida.
• Competencia docente.
• Otros.
– Vinculación con capacitaciones profesionales.
– Requisitos oficiales de las entidades o centros de formación:
• Inscrito en el Registro de entidades de formación (Servicios Públicos de Empleo).
• Requisitos exigidos por otras Administraciones públicas:
o Requisitos.
o Normativa reguladora.
– En el caso de la modalidad presencial:
• Posibilidad de impartición en centro móvil.
o Sí/No.
e) Módulos económicos.
– Módulos económicos específicos:
• Límites máximo/mínimo.
– Módulos económicos máximos.


