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Legislación › Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.

Disposición adicional única. Seguridad Social en el contrato predoctoral.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de marzo de 2019 y la del 1 de septiembre de 2023. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (41 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional única. Seguridad Social en el contrato predoctoral.
Se (Derogada)
Téngase en cuenta que esta disposición se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2023, por la disposición derogatoria única.f) del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, BOE-A-2023-625, según
establece su disposición final 13.
Redacción anterior:
"Se establece
una reducción del 30% de la cuota empresarial de la Seguridad Social por contingencias comunes en la cotización relativa al personal investigador predoctoral en formación contratado bajo la modalidad de contrato predoctoral establecida en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, que quedará acogido al Régimen General de la Seguridad Social en concordancia con la Disposición adicional decimoctava de dicha Ley. Ley."

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-25795 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 2023 BOE-A-2023-625 Leer Qué cambió
16 de marzo de 2019 Texto original Leer

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