LexTotal

Legislación › Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la Isla de Formentera.

Artículo 20. Pago voluntario y reconocimiento de la responsabilidad.

Artículo 20. Pago voluntario y reconocimiento de la responsabilidad.

1. Una vez que se haya iniciado el procedimiento, si la persona infractora reconoce su responsabilidad, dicho procedimiento se resolverá con la correspondiente sanción y se aplicará una reducción del 20% sobre la cantidad propuesta.

2. Además, la cuantía de la sanción propuesta por el órgano competente se reducirá un 20% si la persona interesada decide voluntariamente hacer efectivo el importe de la multa antes de la resolución.

3. Las reducciones anteriores serán acumulables y su efectividad se condicionará al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.

← Artículo 19 Índice Artículo 21 →