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Legislación › Ley 6/2018, de 22 de noviembre, por el que se crea el Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria.

Disposición adicional segunda. Modificación del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de diciembre de 2018 y la del 1 de enero de 2020. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional segunda. Modificación del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
Se adiciona un nuevo Cuerpo adicionan tres nuevos cuerpos en el apartado 1, b) del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública que queda redactado como sigue:
«b) Cuerpos de Administración Especial:
1.º Cuerpo Facultativo Superior.
2.º Cuerpo de Letrados.
3.º Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas de Cantabria.
4.º Cuerpo Técnico de Finanzas de Cantabria.
5.º Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios.
6.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares.
7.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural.
8.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Seguridad y Vigilancia.
9.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
10.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de Emergencias.
11.º Cuerpo de
Agentes del Medio Natural.
11.º 12.º Cuerpo de Agentes de Seguridad.» Seguridad.
13.º Cuerpo de Agentes de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento».

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-504 Leer Qué cambió
11 de diciembre de 2018 Texto original Leer

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