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Legislación › Ley 8/2018, de 11 de diciembre, del Consejo Económico y Social de Cantabria.

Disposición final segunda. Cláusula de género.

Disposición final segunda. Cláusula de género.

Todas las referencias contenidas en esta Ley expresadas en masculino gramatical, cuando se refieran a personas físicas deben entenderse referidas indistintamente a hombres y mujeres y a sus correspondientes adjetivaciones masculinas o femeninas.

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