Legislación › Ley 3/2019, de 21 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Canarias.
Disposición adicional única. Registro de personas colegiadas.
Disposición adicional única. Registro de personas colegiadas.
El Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Canarias deberá crear y mantener actualizado un registro en el que se incluirán los datos, desagregados por sexos, de las personas profesionales colegiadas, de conformidad con la normativa vigente.


