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Legislación › Ley 3/2019, de 21 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Canarias.

Disposición adicional única. Registro de personas colegiadas.

Disposición adicional única. Registro de personas colegiadas.

El Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Canarias deberá crear y mantener actualizado un registro en el que se incluirán los datos, desagregados por sexos, de las personas profesionales colegiadas, de conformidad con la normativa vigente.

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