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Legislación › Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Artículo 116. Disposiciones generales.

Artículo 116. Disposiciones generales.

1. En el ámbito de la Administración Pública Foral los procedimientos administrativos, incluido el sancionador y el de exigencia de responsabilidad patrimonial de la Administración, se regirán por lo dispuesto en la legislación básica.

2. Mediante ley foral podrán incluirse, motivadamente y respetando los principios generales de la legislación básica, trámites adicionales o distintos a los contemplados en la referida legislación.

3. Mediante decreto foral podrán establecerse, respetando los principios generales de la legislación básica, especialidades del procedimiento referidas a los órganos competentes, plazos, formas de iniciación y terminación, publicación e informes a recabar.

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