Legislación › Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
Artículo 3. Personalidad jurídica de la Administración Pública Foral.
Artículo 3. Personalidad jurídica de la Administración Pública Foral.
1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, constituida por órganos jerárquicamente ordenados, actúa con personalidad jurídica única para el cumplimiento de sus fines.
2. Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra tienen personalidad jurídica plena en sus relaciones con terceros.


