Legislación › Real Decreto 78/2019, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 49/1999, de 20 de diciembre, sobre medidas de control de sustancias químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas.
Artículo 6. Cumplimiento de obligaciones en el extranjero.
Artículo 6. Cumplimiento de obligaciones en el extranjero.
Los sujetos obligados velarán para que sus sucursales y filiales en el extranjero tengan establecidos procedimientos internos adecuados para prevenir e impedir operaciones con sustancias químicas sometidas a control que pongan en riesgo la seguridad internacional.


