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Legislación › Real Decreto 80/2019, de 22 de febrero, por el que se crea la Academia Joven de España y se aprueban sus estatutos.

Artículo 8. Académicos de Honor.

Artículo 8. Académicos de Honor.

De forma excepcional, se podrán nombrar Académicos de Honor a personas que por sus méritos así lo merezcan según se establezca en el Reglamento de Régimen Interior.

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