LexTotal

Legislación › Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil.

Artículo 6. Pruebas físicas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de marzo de 2023 y la del 18 de octubre de 2023. Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (52 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 6. Pruebas físicas.
1. Las pruebas que se deberán realizar para ingresar en los centros docentes de formación para la incorporación a las escalas la escala de cabos y guardias, guardias serán las siguientes:
a) Resistencia 2.000 metros. (R2).
b) Coordinación. (C1).
c) Potencia tren superior (extensiones
de suboficiales, brazos). (P3).
d) Soltura acuática. (O1).
2. Las pruebas que se deberán realizar para ingresar en los centros docentes de formación para la incorporación a la escala de suboficiales
y a la escala de oficiales, en este caso, por el sistema de promoción profesional, serán las siguientes:
a) Resistencia 2.000 metros. (R2).
b) Coordinación. (C1).
c) Potencia tren superior (extensiones de brazos). (P3).
d) Soltura acuática. (O1).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de octubre de 2023 En vigor BOE-A-2023-20178 Leer Qué cambió
26 de marzo de 2023 BOE-A-2023-7660 Leer Qué cambió
18 de abril de 2019 Texto original Leer

← Artículo 5 Índice Artículo 7 →