Legislación › Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de admisión de miembros y socios de la Red EURES en España.
Artículo 15. Vigencia de la autorización.
Artículo 15. Vigencia de la autorización.
La autorización como miembro o socio de EURES en España tendrá una vigencia indefinida. A estos efectos, y sin perjuicio de las actuaciones de seguimiento y análisis contemplados en el capítulo II, los Servicios Públicos de Empleo comprobarán que se mantienen los requisitos y condiciones que determinaron su otorgamiento, y que no concurre ninguna de las causas para su revocación previstas en el artículo 17 de este real decreto.


