LexTotal

Legislación › Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de admisión de miembros y socios de la Red EURES en España.

Artículo 7. Gratuidad de la prestación de servicios EURES.

Artículo 7. Gratuidad de la prestación de servicios EURES.

Todos los servicios EURES prestados por los socios y miembros de EURES serán gratuitos para trabajadores y empresarios, con la excepción de los servicios posteriores a la contratación para ambos y los posibles servicios de apoyo a los empresarios, informando de forma clara y precisa al usuario y al Servicio Público de Empleo correspondiente sobre cualquier posible coste.

Los miembros y, cuando proceda, los socios de EURES podrán prestar de forma directa la asistencia posterior a la contratación a los trabajadores o los empresarios, pudiendo percibir un contraprestación por estos servicios, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.2 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016. Asimismo, los miembros y socios EURES podrán percibir una contraprestación por la prestación de forma directa de los servicios de apoyo a los empresarios, tal y como se establece en el artículo 24 del Reglamento (UE) 2016/589 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2016.

← Artículo 6 Índice Artículo 8 →