Legislación › Real Decreto 164/2019, de 22 de marzo, por el que se establece un régimen gratuito de cuentas de pago básicas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera.
Artículo 5. Información al cliente de las condiciones de reconocimiento de la gratuidad.
Artículo 5. Información al cliente de las condiciones de reconocimiento de la gratuidad.
La entidad de crédito incluirá información relativa a las condiciones para obtener el reconocimiento de la gratuidad de la cuenta de pago básica por parte de las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera conforme a lo recogido en los artículos 3 y 4, dentro de la información prevista en el artículo 10 del Real Decreto-ley 19/2017, de 24 de noviembre, y en el artículo 8 de la Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero, sobre cuentas de pago básicas, procedimiento de traslado de cuentas de pago y requisitos de los sitios web de comparación, e informará a los clientes sobre dichas condiciones en el momento de la contratación de la cuenta de pago básica.


