Legislación › Real Decreto 242/2019, de 5 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del personal del Ministerio de Justicia que lleva a cabo la acción en el exterior en materia de justicia.
Artículo 8. Dependencia.
Artículo 8. Dependencia.
El personal regulado en el artículo 2 del presente real decreto dependerá orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos, sin perjuicio de la dependencia jerárquica del Jefe de la Misión Diplomática o Representación Permanente en la que se integre.


