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Legislación › Ley 2/2019, de 15 de marzo, de Academias de Castilla-La Mancha.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. El objeto de esta ley es la regulación de las academias científicas, artísticas y literarias de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

2. Esta ley es de aplicación a las academias que tengan su domicilio social y desarrollen su actividad corporativa principal en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de que puedan realizar otras actividades relacionadas con sus fines fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma.

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