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Legislación › Orden TEC/427/2019, de 5 de abril, por la que se establecen los valores de la retribución a la operación correspondientes al segundo semestre natural del año 2018 y por la que se aprueban instalaciones tipo y se establecen sus correspondientes parámetros retributivos, aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Artículo 3. Aspectos retributivos de las nuevas instalaciones tipo.

Artículo 3. Aspectos retributivos de las nuevas instalaciones tipo.

1. En el anexo III se establecen los nuevos códigos de instalaciones tipo aplicables a las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos inscritas en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación en virtud del cupo previsto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.

2. Los parámetros retributivos aplicables en el segundo semiperiodo regulatorio a las nuevas instalaciones tipo cuyos códigos se establecen en el anexo III se recogen en el anexo IV.

De acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 3 de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, la retribución a la operación de las instalaciones tipo del subgrupo a.1.3 será igual a cero.

3. Los parámetros retributivos referidos en el apartado anterior se han calculado según lo previsto en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, en la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, y en la Orden ETU/130/2017, de 17 de febrero, considerando las hipótesis de cálculo recogidas en dicha orden y los parámetros incluidos en el anexo V de esta orden.

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