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Legislación › Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears.

Artículo 72. Actividades sujetas a inspección.

Artículo 72. Actividades sujetas a inspección.

1. Las personas que llevan a cabo operaciones de tratamiento de residuos, las que recojan o transporten residuos con carácter profesional, los agentes y negociados y los establecimientos y empresas que producen residuos están sujetos a las inspecciones que las autoridades competentes estimen adecuadas.

2. Estos sujetos tienen el deber de colaborar y facilitar al personal inspector las tareas pertinentes y, especialmente, las previstas en el apartado 3 del artículo 71 anterior.

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