LexTotal

Legislación › Ley Foral 12/2019, de 22 de marzo, de Participación Democrática en Navarra.

Artículo 30. Rendición de cuentas.

Artículo 30. Rendición de cuentas.

Se trata del último eslabón del ciclo de participación democrática, mediante la evaluación de las políticas públicas y los procesos participativos. Por consiguiente, las Administraciones Públicas adoptarán las medidas necesarias para garantizar que la ciudadanía pueda tener conocimiento riguroso del resultado de las políticas públicas y el impacto social que conllevan.

← Artículo 29 Índice Artículo 31 →