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Legislación › Ley Foral 12/2019, de 22 de marzo, de Participación Democrática en Navarra.

Disposición transitoria única.

Disposición transitoria única.

El Parlamento de Navarra, con base en el artículo 5 de la presente ley foral, adecuará su Reglamento en un plazo máximo de seis meses para garantizar el ejercicio de los derechos de participación de la ciudadanía en el Parlamento de Navarra.

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