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Legislación › Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 3. Carrera profesional del personal funcionario.

Artículo 3. Carrera profesional del personal funcionario.

El régimen jurídico de la carrera profesional del personal funcionario será el determinado en el Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley de la Función Pública de Castilla y León, en la presente Ley y en su normativa de desarrollo. El personal funcionario docente deberá optar entre la carrera profesional horizontal o los sexenios en los términos que se determinen en el desarrollo reglamentario.

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