Legislación › Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
CAPÍTULO V
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de enero de 2019 y la del 8 de febrero de 2023.
Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (20 palabras).
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CAPÍTULO V
Delegación de todos los órganos del Departamento en la Secretaria General Técnica
Se delega por el Ministro y se aprueba la delegación de la Subsecretaria, del Subsecretario, de los secretarios generales y generales, de los directores generales y de la Junta de Contratación del Departamento en la Secretaria General Técnica de:
1. La resolución de procedimientos de revisión de actos en vía administrativa, incluidos los recursos administrativos contra actos de los órganos superior y directivos del Departamento y de la Junta de Contratación que pongan fin a la vía administrativa administrativa, incluso de los interpuestos contra actos en materia de contratación de las sociedades estatales bajo la tutela del Departamento. Se excluyen de esta delegación los recursos contra actos dictados por la propia Secretaría General Técnica.
2. El requerimiento previo a la interposición de recursos contencioso-administrativos a que se refiere el artículo 44.1 de la Ley ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, contra disposiciones de carácter general de las comunidades autónomas y corporaciones locales y locales, así como el impulso y tramitación de la contestación de los requerimientos presentados por las comunidades autónomas contra las disposiciones de carácter general de competencia del Departamento.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de febrero de 2023 En vigor | BOE-A-2023-3275 | Leer | Qué cambió |
| 19 de enero de 2019 | Texto original | Leer |


