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Legislación › Orden SCB/1459/2018, de 18 de diciembre, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales.

Artículo 18. Vocales.

Artículo 18. Vocales.

1. La Junta Directiva estará formada por un mínimo de un vocal y un máximo de tres.

2. Ejercerán las funciones que les sean encomendadas.

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