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Legislación › Orden SCB/1459/2018, de 18 de diciembre, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales.

Artículo 7. Convocatoria.

Artículo 7. Convocatoria.

1. La Asamblea general se reunirá al menos una vez al año con carácter ordinario y también deberá reunirse con carácter extraordinario, cuando lo solicite más de un tercio de sus componentes o así lo establezca la Junta Directiva en acuerdo adoptado por la mayoría simple de sus miembros.

2. La Asamblea General será convocada por el Presidente del CGCTO, y notificada mediante correo electrónico con acuse de recibo dirigido a la dirección electrónica que obligatoriamente debe facilitar el Colegio miembro del Consejo señalando lugar, día, hora y orden del día a tratar, con al menos 30 días de antelación a su celebración.

3. En caso de urgencia, a juicio del Presidente, podrá ser convocada por el mismo medio con al menos con seis días hábiles de antelación, señalando lugar, día y hora de la reunión.

4. En la convocatoria deberá figurar el orden del día correspondiente, con los puntos a tratar. El orden del día será decidido por la Junta Directiva. No podrán ser objeto de votación o acuerdo asuntos o temas que no figuren en el orden del día salvo que se hallen presentes todos los miembros de la Asamblea General y lo decidan por unanimidad.

5. Sin perjuicio de lo anterior, podrá solicitarse, dentro de los siete días siguientes a la recepción de la convocatoria, incluir como puntos del orden del día aquellos que sean propuestos por los Colegios integrados en el CGCTO y sean aprobados por la Junta Directiva.

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