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Legislación › Orden SCB/1459/2018, de 18 de diciembre, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales.

Artículo 9. Composición.

Artículo 9. Composición.

1. La Junta Directiva estará compuesta por los siguientes cargos unipersonales: Presidencia, que estará ocupado por una/o de las Presidentas/es o Decana/o de los Colegios Autonómicos, Vicepresidencia, Secretaría, Tesorería y Vocalías (un mínimo de 1 y un máximo de 3).

2. Los cargos de la Junta Directiva deberán estar repartidos entre los diferentes Colegios, no pudiendo ningún Colegio ostentar más de un cargo de la Junta Directiva.

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