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Orden HAC/484/2019, de 9 de abril, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26 sobre marcas fiscales previstas para cigarrillos y picadura para liar, del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda · Publicada el 30 de abril de 2019 · Último cambio el 2 de febrero de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo 1. Marcas fiscales para cigarrillos y picadura para liar.
- Artículo 2. Aprobación del modelo 515 «Solicitud de marcas fiscales del Impuesto sobre las Labores del Tabaco».
- Artículo 3. Procedimiento para la autorización y entrega física de las marcas fiscales.
- Artículo 4. Contabilidad de marcas fiscales.
- Artículo 5. Marcas fiscales para cigarrillos y picadura para liar destinados para las ventas por tiendas libres de impuestos a viajeros con destino al ámbito territorial comunitario no interno, o con destino a terceros países.
- Disposición adicional única. Declaración de existencias y destrucción de marcas fiscales.
- Disposición transitoria única. Mantenimiento de la validez de determinadas precintas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.
- Disposición final segunda. Tratamiento de datos personales.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III


