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Legislación › Real Decreto 262/2019, de 12 de abril, por el que se establece la estructura de las Consejerías del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el exterior y se regula la organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.

Artículo 2. Dependencia.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de mayo de 2019 y la del 22 de mayo de 2025. Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 2. Dependencia.
1. Las Consejerías y Agregadurías de Agricultura, Pesca y Alimentación dependen orgánica y funcionalmente de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Subdirección General de Relaciones Internacionales y Asuntos Comunitarios, manteniendo, en todo caso, una dependencia jerárquica del Embajador.
2. Corresponderá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Subdirección General de Relaciones Internacionales y Asuntos Comunitarios, definir las acciones y programas de actuación, su organización interna y dotación presupuestaria, así como su inspección técnica y su control, pudiendo contar para ello con el apoyo de la Inspección General de Servicios del departamento. control.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de mayo de 2025 En vigor BOE-A-2025-9965 Leer Qué cambió
2 de mayo de 2019 Texto original Leer

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