Legislación › Ley 16/2019, de 8 de abril, del estatuto especial de capitalidad de la ciudad de Eivissa.
Artículo 5.
Artículo 5.
De acuerdo con esta ley, corresponde al Ayuntamiento de Eivissa dictar las normas reglamentarias que regulan su organización y la actividad municipal en materia de obras, de intervención, de servicios y de actividad económica, siempre en el marco de la legislación vigente.
Aun así, cuando se trate de la regulación de materias correspondientes a los intereses concurrentes con la administración autonómica o insular, se seguirá lo que dispone esta ley con respecto al Consejo de Capitalidad.


