Legislación › Ley 5/2019, de 9 de abril, de la Lectura y de las Bibliotecas de Canarias.
Artículo 16. Las bibliotecas especializadas.
Artículo 16. Las bibliotecas especializadas.
Son bibliotecas especializadas, de titularidad pública o privada, aquellas que recopilan, procesan y difunden información referida a un campo específico del conocimiento o para un determinado grupo de personas usuarias. Prestarán un servicio público con las restricciones que les son propias y se coordinarán con el resto de las bibliotecas del sistema bibliotecario de Canarias en lo que respecta a la catalogación y a la protección del fondo de valor histórico o cultural.


