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Legislación › Ley 5/2019, de 9 de abril, de la Lectura y de las Bibliotecas de Canarias.

Artículo 29. Inspección y evaluación en la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias.

Artículo 29. Inspección y evaluación en la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias.

La inspección y la evaluación de la calidad de los servicios de los centros incorporados a la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias a los efectos de la presente ley, corresponde a la consejería competente en materia de bibliotecas, sin perjuicio del asesoramiento y apoyo técnico y directrices de la consejería competente en materia de calidad de los servicios públicos. A tal efecto, la consejería competente en materia de bibliotecas dispondrá de un servicio de inspección de centros pertenecientes a la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias.

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