Legislación › Orden ECE/529/2019, de 26 de abril, por la que se pone en funcionamiento el Punto de Información Único establecido en el Real Decreto 330/2016, de 9 de septiembre, relativo a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad.
Artículo 2. Direcciones de contacto para solicitar información mínima sobre infraestructuras.
Artículo 2. Direcciones de contacto para solicitar información mínima sobre infraestructuras.
1. Los sujetos obligados a los que se refiere el artículo 3.5 del Real Decreto 330/2016, de 9 de septiembre, podrán hacer llegar al punto de información único la dirección de contacto a través de la cual los operadores de comunicaciones electrónicas pueden presentar la solicitud escrita previa a la que se refiere el artículo 5.1 de dicho real decreto.
La entrega de la citada dirección en el punto de información único deberá ser realizada por los propios sujetos obligados o por sus representantes debidamente acreditados, previa autenticación mediante certificado electrónico cualificado expedido por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios de confianza», o mediante sistema que ofrezca las mismas garantías de seguridad conforme a lo previsto en el esquema nacional de interoperabilidad, el esquema nacional de seguridad y la legislación vigente en materia de identidad y firma electrónica.
2. Los sujetos obligados podrán ofrecer como dirección de contacto un punto propio o el de una entidad a la que hayan delegado la gestión de solicitudes de información mínima.
Dicha dirección podrá consistir en un enlace a una página web a través de la cual se realice la solicitud de información mínima o bien en una dirección de correo electrónico donde pueda realizarse la mencionada solicitud.
3. Cualquier modificación de la dirección a la que se refiere el apartado 1 deberá ser notificada en el plazo máximo de dos semanas desde que se produzca, en la forma prevista en dicho apartado.
4. Para la consulta de direcciones de contacto a través del punto de información único no se exigirán requisitos de autenticación.


