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Legislación › Ley 1/2019, de 19 de febrero, de la Música de la Región de Murcia.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

El Gobierno regional gestionará ante la Administración del Estado fórmulas para la calificación de «entidades de utilidad pública» de aquellas asociaciones musicales sin fin lucrativo que reúnan los requisitos correspondientes, a efectos de ser receptoras de los beneficios legales que tales calificaciones comportan.

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